La primicia, publicada el día de ayer por El Tiempo, expone que la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, avala parcialmente el artículo 237 del Código del Trabajo, permitiendo el derecho a la licencia remunerada en casos de acceso a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) o aborto espontaneo en personas gestantes.
Según la Corte, lo contenido en el artículo 237, que estaba establecido de esta manera: “la trabajadora que en el curso del embarazo sufra un aborto o parto prematuro no viable, tiene derecho a una licencia de dos o cuatro semanas, remunerada con el salario que devengaba en el momento de iniciarse el descanso. Si el parto es viable, se aplica lo establecido en el artículo anterior” es considerado una “omisión legislativa”. El término trabajadora, según el fallo, excluye a otras personas que también pasan por el proceso de gestación, como los hombres trans y que están susceptibles tambien a sufrir partos prematuros o abortos.

“Los derechos laborales asociados a la gestación deben vincularse a la capacidad de gestar, no a otras razones” señaló la Corte. Bajo esa interpretación, se modificó el párrafo incluyendo el término persona gestante para ampliar el espectro y el alcance del artículo, reconociendo las experiencias de vida diversas.
Ninde MolRe, abogada mexicana, y quien habló para el medio independiente Animal Político, señaló que el reconocimiento de la reproducción asociada exclusivamente a las mujeres cae en un gran error. “Pensar que la categoría ‘mujer’ por sí sola ya es una categoría reproductiva va en contra de lo que hemos venido diciendo desde hace muchos años: no esencializar a las mujeres solo por su capacidad reproductiva”, destaca. De allí, justamente la importancia del fallo de la corte: no solo asume que las mujeres no son las únicas con posibilidad de gestar, sino también hombres trans, personas no binarias y personas transmasculinizadas.

Segun El Tiempo, la Sala Plena busca “proteger los derechos a la igualdad de las personas trans y no binarias, garantizando una protección laboral en situaciones de convalecencia, como los abortos. Así mismo, hace un llamado al uso del lenguaje inclusivo en todas las decisiones legislativas o jurídicas para que los derechos ganados cumplan con el principio de universalidad”.







