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Zipaquirá adopta ley seca y otras medidas para la jornada de elecciones presidenciales: conozca aquí todos los detalles
Con el objetivo de garantizar la seguridad, la convivencia ciudadana y el normal desarrollo de la primera vuelta de las elecciones de Presidencia y Vicepresidencia de la República, la Alcaldía Municipal de Zipaquirá emitió el Decreto No. 075 del 20 de mayo de 2026. A través de este acto administrativo, se establecieron una serie de restricciones preventivas que regirán en todo el territorio del municipio de cara a la jornada electoral del próximo domingo 31 de mayo.
Dentro de las principales disposiciones se destaca la Ley Seca, medida que prohíbe de manera la venta y el consumo de bebidas embriagantes en toda la jurisdicción de Zipaquirá. La restricción comenzará a regir desde las 6:00 p. m. del sábado 30 de mayo hasta las 12:00 p. m. del lunes 1 de junio de 2026. Quienes infrinjan la norma serán objeto de sanciones y medidas correctivas amparadas en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Ley 1801 de 2016).

Asimismo, entre las 6:00 p. m. del sábado 30 de mayo y las 12:00 p. m. del lunes 1 de junio, quedará prohibida la circulación de motocicletas con acompañante (parrillero), sin distinción de género. En ese mismo rango de horario, no se permitirá el transporte de escombros, mudanzas (trasteos), cilindros de gas domiciliario ni recipientes con líquidos inflamables en volquetas, camionetas o cualquier otro vehículo. De forma paralela, la Secretaría de Movilidad de Zipaquirá coordinará el cierre temporal de las vías aledañas a los puestos de votación y centros de transmisión de datos para asegurar el flujo peatonal de los sufragantes y mantener el control de las zonas.
De la mano con las directrices del Gobierno Nacional, las autoridades militares aplicarán de forma estricta la suspensión general de los permisos para el porte de armas de fuego en todo el municipio. Esta restricción operará igualmente desde las 6:00 p. m. del sábado de la jornada electoral hasta el mediodía del lunes posterior a los comicios. En materia publicitaria y de equilibrio informativo, el decreto estipula lineamientos radicales para el domingo 31 de mayo, día en que queda prohibida cualquier clase de propaganda política, manifestación, comunicado o entrevista con fines electorales en medios de comunicación (prensa, radio y televisión), así como la publicidad móvil, estática o sonora.

La Policía Nacional está facultada para decomisar toda propaganda proselitista que sea distribuida o portada ese domingo. Los electores podrán ingresar a las urnas únicamente con un elemento de ayuda (pastel o tarjeta de guía) que no supere los 10 cm por 5.5 cm, el cual deberá portarse en un lugar no visible. Además, las emisoras de radiodifusión y canales de televisión abierta, local o por suscripción no podrán difundir encuestas, sondeos ni proyecciones electorales durante la jornada.
En cumplimiento de las normas electorales vigentes, el decreto de la Alcaldía de Zipaquirá recuerda que los ciudadanos que padezcan limitaciones o dolencias físicas severas, discapacidades notorias o problemas avanzados de visión gozan de prelación legal. Estos sufragantes tendrán el derecho de ingresar acompañados hasta el interior del cubículo de votación, garantizando su asistencia sin perjuicio de mantener el secreto del voto. Las Alcaldía Municipal recordó que el municipio contará con los siguientes puntos de sufragio distribuidos en la zona urbana y los corregimientos rurales:

El cumplimiento de todas estas directrices estará bajo vigilancia de la Estación de Policía de Zipaquirá, el Distrito Militar 47 junto al Grupo Mecanizado No. 10 Tequendama, la Secretaría de Movilidad y la Secretaría de Gobierno del municipio.

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