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Difundir contenido sexual sin consentimiento podría quedar tipificado en Colombia 

Aprobado por unanimidad en la Cámara de Representantes, y de ser aprobado en plenaria el Senado de la República, Colombia podría convertirse en el cuarto país de América Latina en aprobar la Ley Olimpia, un paso histórico para las víctimas de una silenciosa violencia en Colombia: la violencia digital. Este proyecto busca garantizar un vida libre de violencia digital sexual, prevenir el acoso en línea, fomentar la educación digital, castigar la difusión y producción de contenidos sexuales.

Con el continúo crecimiento de las redes sociales, y en general de los entornos digitales, se han facilitado ecosistemas que heredan formas de violencias. Las interacciones digitales, no son mas que el reflejo de lo que pasa “fuera de línea”, pero con un agravante: el anonimato de las y los autores, lo que facilita su propagación y hasta su normalización, más aún cuando no existe una legislación clara que tipifique estas “prácticas”. La oficina de ONU Mujeres, identificó que al menos “el 73% de las mujeres en el mundo han estado expuestas o han experimentado algún tipo de violencia en línea”  donde el “90% de las víctimas de la distribución digital no consensuada de imágenes íntimas son mujeres”, de manera que, una vez más, es un tipo de violencia que tiene una sistemática incidencia especialmente en un grupo poblacional, de allí, justamente la necesidad de legislar desde una perspectiva de género. 

Imagen: oficina de ONU Mujeres,

Es así que, 66 representantes a la cámara conformaron el proyecto de ley 321 de 2024, que buscaría modificar la Ley 1257 de 2008 para incluir el concepto de violencia digital y tipificar el delito de violación a la intimidad sexual. Por ahora, según lo aprobado en segundo debate en cámara, este proyecto decreta:

  • Medidas educativas para promover programas de alfabetización digital y buena prácticas en el uso de tecnologías de la información y de las comunicaciones, así como capacitación a padres, madres y cuidadores para fortalecer capacidades en el acompañamiento digital 
  • Medidas punitivas con una sanción de prisión de 48 a 72 meses y multas de 66 a 750 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Penas que varían según los siguientes agravantes: cuando la víctima sea menor de edad edad, cuando la conducta sea cometida por el cónyuge, compañero o compañera permanente, o por quien haya tenido vínculo afectivo o íntimo con la víctima, cuando la conducta sea realizada de con fines de luccri, de manera reiterada y cuando se utilicen medios de difusión masiva. 
  • Medidas de reparación, mediante atención psicológica gratuita, acceso preferente a asesoría jurídica en consultorios universitarios y en Centros de Atención a Víctimas del país (CAV) y medidas de protección frente a nuevas agresiones 
  • Enfoque interseccional y diferencial, en el que el género, la edad, la orientación sexual, la identidad y la expresión de género, la etnia, la pertenencia a pueblos indígenas o comunidades afrodescendientes, la situación de discapacidad, el nivel socioeconómico, el contexto territorial o cualquier otra circunstancia que genera una especial protección constitucional, sean contempladas en las medidas anteriormente contempladas. 

De ser aprobado en el Senado de la República, Colombia sería el cuarto país en América Latina en aprobar esta ley, sumándose a países como México, Panamá y Argentina, gracias las sobrevivientes y defensoras digitales que han visibilizado la violencia digital. 

Foto: Stock

¿Por qué se llama Ley Olimpia?

La lucha de Olimpia Coral Melo, una mujer mexicana, que visibilizó y cuestionó por siete años la violencia digital ejercida por su expareja, quien expuso públicamente y sin consentimiento,  un vídeo de contenido sexual que rápidamente se viralizó en Mexico, es hoy un referente para América Latina en términos de legislación en contra de la violencia digital. 

Con solo 18 años, y tras haber tenido una relación de seis años, su expareja la expuso a través de un grupo de Whatsapp que se viralizó rápidamente. Un hecho que la dejó en depresión, con tres intentos de suicidio, deserción de sus estudios, sus salidas. Su vida en general se paralizó. Sin embargo, tuvo el acompañamiento y el apoyo de su familia que reconoció que ella no tenía la culpa “no eres una delincuente, no eres una mala persona” expone el diario Clarín. De allí, y con sed de justicia, Olimpia inicia una batalla legal para que en México se reconocieran este tipo de “prácticas” como delitos. 

Foto: La relevancia de sancionar la divulgación de fotos y vídeos íntimos

En marzo de 2014, Olimpia presentó una iniciativa de ley en el Congreso de Puebla, de allí que la joven logró que se reconociera la violencia digital y se sancionara hasta con seis años de prisión a quienes comparten materiales íntimos sin consentimiento en 31 estados de la República Mexicana. Según ONU Mujeres, “la Ley Olimpia no solo se quedó en la legislación de México, sino que está sujeta a ser replicada en Latinoamérica y en Estados Unidos. Actualmente, se encuentra en discusión en los Congresos de Argentina, Honduras, Ecuador y en Los Ángeles, California. Y se espera que pronto inicie el proceso en Washington D.C” abriendo aún más el debate para regular el uso de los ecosistemas digitales.