El Ministerio de Transporte el 11 de septiembre, expidió una resolución que deroga la Circular 867 de 2025 donde establece que no se puede utilizar los vehículos equipados con cámaras y dispositivos electrónicos para imponer comparendos sin presencia de una gente de tránsito.
“Hemos tomado estas acciones siguiendo la instrucción que nos dio el presidente Abelardo De La Espriella de ponerle freno a los abusos asociados al uso de los ‘carros caza fotomultas’. El Presidente ha sido claro: las fotomultas deben servir para salvar vidas, no para hacer negocios con los ciudadanos”, afirmó la ministra de Transporte, Elsa Noguera.
La circular 867 de 2025 establece requisitos que no están previstos en la ley y terminó confundiendo dos figuras distintas, las cámaras automáticas de fotodetección y los dispositivos tecnológicos usados como apoyo a los agentes de tránsito. Cuando estos vehículos sean utilizados como apoyo al control en vía, debe estar presente un agente de tránsito que opere directamente el dispositivo y expida el comparendo. Si el dispositivo funciona de manera automática, sin presencia del agente, debe cumplir las condiciones y autorizaciones correspondientes a los sistemas de fotodetección.

En la práctica los vehículos equipados con cámaras fueron utilizados para detectar infracciones y generar comparendos sin contar con la autorización de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) exigida para los sistemas de fotodetección.
La resolución corrigen esta situación los dispositivos se utilizan como apoyo al control en vía, siempre debe estar presente un agente de tránsito que opere directamente el equipo y equipada el comparendo, esto quiere decir que sin agente de tránsito esas caza fotomultas deben ser operadas por un agente o si no no vale el comparendo.
El Ministerio de Transporte instruyó al SIMIT no registrar las órdenes de comparendo generados por estos vehículos cuando incumplan las condiciones establecidas, y la superintendencia de transporte vigilará que se dé cumplimiento a las medidas e investigará a las autoridades de tránsito.
La decisión del Ministerio de Transporte no afecta a la fotodetección que operan legalmente, sino aclara el funcionamiento de los carroscazamutas como herramientas la tecnología para mejorar la seguridad vial.







