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Tras críticas Gobierno retira proyecto de ley que buscaba crear un nuevo régimen sancionatorio para el transporte 

El pasado 20 de enero, el Ministerio junto con la Superintendencia de Transporte radicaron ante el congreso de la república el proyecto de ley, donde se busca dotar a la Supertransporte de “dientes” para sancionar a empresas y garantizar que el usuario sea el eje del sistema. El proyecto que generó todo tipo de reacciones, especialmente en los gremios de transporte por aplicación, logró que la Superintendencia y el Ministerio de Transporte, retiraran transitoriamente el proyecto. 

El proyecto buscaba que la “calidad del servicio” no sea un eslogan, sino una obligación legal orientada a la “satisfacción de las necesidades de los usuarios”. Una de las principales diferencias entre la ley que actualmente rige el sistema de transporte en Colombia y el proyecto de ley, era el régimen sancionatorio y el pago de las multas que de allí se deriven.  Para ello, se establecía una unidad de medida diferente. Ya no serán en salario mínimos legales vigentes (SMMLV) sino en Unidades de Valor Básico (UVB). Es decir, el valor basado en el incremento del IPC, que para este año sería de 12.110 pesos. 

De allí que, uno de los puntos más polémicos fue el régimen sancionatorio para las plataformas que prestan servicio de transporte. Las multas para este gremio pasan de sancionar a los vehículos de los conductores con inmovilizaciones, hasta multar a las plataformas y a los usuarios con montos de 390 UVC, es decir, unos 4,7 millones de pesos. 

“Los servicios con vehículo particular prestados a través de plataformas dejarían de ser actividades no reguladas, a definirse como explícitamente ilegales, contra lo dicho en sentencias por la Corte Suprema de Justicia y el Tribunal Administrativo de Cundinamarca” señaló el Presidente Ejecutivo de Alianza In Colombia, José Daniel López.

“La iniciativa convierte los servicios de movilidad con vehículo particular en actividades abiertamente ilegales y habita un régimen de persecución que permite a autoridades ordenar la suspensión inmediata de la operación” señala el comunicado oficial por parte de Aliana In Colombia. El rechazo fue tal que durante la mañana de este martes, tres de febrero, el Jefe de la Oficina Jurídica de la Superintendencia de Transporte, Luis Gabriel Serna, anunció que se retirará el proyecto de manera temporal, luego de las “múltiples y sincrónicas erradas interpretaciones de algunos de los artículos del proyecto de ley” señaló Serna.   

Tras el anunció, el gremio de aplicaciones e innovación, Alianza In, manifestó que “recibe positivamente el retiro del proyecto de ley que, en la práctica, conducía a la prohibición de las plataformas de movilidad”. Para el gremio, Colombia necesita una regulación “razonable, moderna e incluyente” que proteja la libertad de los usuarios, garantice el sustento de las familias que subsisten de este trabajo y que, finalmente, reconozca las distintas formas de movilidad. 

Uno de los puntos más polémicos y esperados es el control tarifario en momentos de crisis. El proyecto es tajante: en situaciones de emergencia o fuerza mayor, “los incrementos de la tarifa al usuario no podrán superar un treinta por ciento (30%) respecto del valor promedio cobrado por los mismos servicios en el último semestre”.

Aquellas empresas que decidan ignorar este límite se enfrentarán a multas equivalentes al “cincuenta por ciento (50%) del valor total recaudado en exceso”. Además, la ley obligaría a los transportadores a realizar un “reintegro a los usuarios… de la totalidad del dinero cobrado a cada uno de ellos en exceso” en un plazo de 30 días tras la sanción.

La Superintendencia de Transporte (ST) no solo tendrá la facultad de vigilar, sino de actuar con severidad. El proyecto define la sanción de “Cancelación de la habilitación” como el cese definitivo de la eficacia del permiso, lo que “impide al sancionado continuar en el ejercicio de dicha actividad”.

Foto: Gobierno Petro retira polémico proyecto de ley que tumbaría las plataformas digitales de movilidad

Entre las infracciones que darían lugar a fuertes multas y procesos administrativos se encuentran:

Información engañosa: No informar pública y previamente sobre las tarifas en las instalaciones y ante la Superintendencia.

Maltrato al usuario: No poner a disposición “medios idóneos para la radicación de peticiones, quejas o reclamos” o no responderlas en los plazos legales.

Cobros ilegales: Permitir o autorizar “cobros adicionales, extralegales o ilegales a usuarios del servicio”.

Mientras el proyecto inicia su debate en el Senado y la Cámara, los gremios de transportadores y las asociaciones de usuarios mantienen la lupa sobre los detalles. El éxito de esta ley dependerá de su capacidad para equilibrar la sostenibilidad de las empresas con la protección efectiva de un derecho fundamental: la movilidad digna y a precio justo.

Foto: photo illustration shows the Uber app and a black cab in London, Britain June 26, 2018. REUTERS/Simon Dawson/Illustration/File Photo

Ante las recientes quejas por el aumento desmedido en las tarifas de los pasajes intermunicipales, la ministra de transporte, María Fernanda Rojas, de las 519 empresas que prestan este servicio solo 52 han presentado su estado de costos, un estudio fundamental para conocer las razones técnicas del incremento de la tarifa.  el nuevo Proyecto de Ley del 

En un momento crítico para la movilidad del país, donde el costo de viajar entre regiones parece no tener techo, el ministerio ha radicado un proyecto de ley que pretende cambiar las reglas del juego. Bajo la premisa de “establecer herramientas para el ejercicio de supervisión”, la iniciativa legislativa apunta directamente a controlar la especulación y mejorar la calidad del servicio.