En días pasados, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó la suspensión provisional de la marca Panelada, registrada por la multinacional Quala S.A. en 2020 ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), tras una petición del Ministerio de Agricultura que respondió a reclamos de productores tradicionales sobre la comercialización de un producto presentado como panela, pero que incorporaba edulcorantes y aditivos.
El conflicto inició en 2022, cuando el producto, según los campesinos denunciantes, estaba generando dudas sobre su autenticidad y legalidad frente a las normas que regulan la panela colombiana. Esta decisión se apoyó en la reforma constitucional de 2023, que reconoce a los campesinos como sujetos de especial protección económica, y se consideró histórica porque es la primera vez que ese marco jurídico se emplea para resguardar una actividad agrícola tradicional como la panela.

La medida cautelar se fundamenta además en el artículo 136 de la Decisión Andina 486 de 2000, que impide el registro de marcas que se apropien de expresiones ligadas a prácticas culturales de comunidades campesinas, y en normas colombianas, como la Ley 40 de 1990 y la Resolución 779 de 2006, que establecen que la panela debe producirse sin aditivos en trapiches tradicionales.
El tribunal concluyó que el nombre “Panelada” podía inducir a que los consumidores confundieran ese producto industrializado, que contiene azúcar refinada, miel de caña, maltodextrina y aspartame, con panela natural, lo que a su vez podría desplazar a los pequeños productores del mercado.
El movimiento campesino Dignidad Panelera había denunciado desde 2022 que productos como Panelada y Panelista, promocionados como naturales, contenían mezclas no permitidas y constituían competencia desleal. Estas quejas habían movilizado gremios y el gobierno en encuentros, como uno en Santana, Boyacá, donde se discutió el impacto sobre los precios de la panela y la estabilidad del sector, aunque no hubo acuerdos claros.

Expertos y académicos reaccionaron destacando el carácter emblemático del fallo. El abogado Cristian Eduardo Avellaneda, integrante del equipo jurídico de Minagricultura y del grupo de investigación Política y Legislación sobre Biodiversidad, Recursos Genéticos, Conocimiento Tradicional y Propiedad Intelectual (Plebio) de la Universidad Nacional, señaló que es “la primera decisión judicial en la historia del país en la que se reconoce la dimensión económica del campesinado como sujeto de especial protección constitucional”.
Por su parte, el profesor Óscar Andrés Lizarazo, coordinador del grupo Plebio resaltó el valor pedagógico del fallo, indicando que el sistema de propiedad intelectual no basta con registrar signos distintivos, sino que debe evaluar sus implicaciones sociales y culturales. “Su denominación puede inducir al consumidor a pensar que adquiere panela tradicional, cuando en realidad se trata de una fórmula industrial con aditivos químicos; además ese desplazamiento en su ingesta se puede dar debido a la publicidad masiva y a los bajos precios de producto anunciado”, añadió.
Desde el punto de vista del consumidor, la medida busca garantizar claridad y transparencia en el mercado, diferenciando claramente entre la panela natural y los sucedáneos industrializados. Para los paneleros, el fallo representa un respaldo jurídico significativo en la defensa de su producción, vinculada al patrimonio cultural y económico del país.

Aunque la suspensión es provisional y no impide que Quala continúe produciendo, sí exige que deje de usar la denominación Panelada, obligando a la empresa a elegir un nombre distinto para evitar confusión. De hecho, tras el fallo, Quala ya habría solicitado nuevas marcas.
Este caso marca un precedente en el derecho de marcas en Colombia, enfatizando que la propiedad industrial debe dialogar con la competencia leal, los derechos del consumidor y la protección de comunidades campesinas. La historia de Panelada deja clara una lección: no se trata únicamente de proteger un nombre, sino de preservar una identidad cultural, económica y alimentaria que está en manos de miles de familias rurales.







