La ordenanza No. 085 de julio de 2022 mediante la cual oficializa el ingreso del departamento de Cundinamarca a la Región Metropolitana Bogotá- Cundinamarca, había sido demandada por el entonces congresista Eduard Sarmiento y buscaba anular esta ratificación bajo los argumentos de “estar incursa en irregularidades dentro de su aprobación”. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, se pronunció este 23 de abril, negando la pretensión de la demanda del congresista. ¿Por qué? Aquí los detalles.

Como parte de las pretensiones realizadas por parte de Sarmiento, se afirmaba que el trámite legislativo de la ordenanza incumplió los requisitos de realización de la audiencia pública. El demandante sostuvo que el evento fue inválido porque coincidió con la entrega de una tarjeta agropecuaria, se convocó con apenas un día hábil de antelación y se realizó en lunes de Semana Santa en un municipio de sexta categoría que representa solo el 1,28 % del censo electoral del departamento.
No obstante, tras revisar el expediente, La Sala encontró que la Asamblea sí realizó una convocatoria amplia: se enviaron cerca de 2.600 invitaciones a alcaldes, concejales, ediles, personeros, juntas de acción comunal, gremios y ciudadanía en general. El día del evento, según el acta incorporada al expediente, se registraron 159 solicitudes de intervención y 82 intervenciones efectivas. El Tribunal subrayó que la ley no fijó un quórum mínimo de asistentes para validar la audiencia.

Asimismo, la demanda atacó el Artículo 2° de la ordenanza, en la se le delega “al Gobernador de Cundinamarca adelantar gestiones administrativas y presupuestales para el funcionamiento de la Región Metropolitana”, constituye según Sarmiento una posible presunta extralimitación de funciones, sin un análisis del impacto fiscal requerido por ley. Sin embargo, la sala mencionó que “es claro que la Ordenanza demandada cumplió para su expedición con el respectico estudio de impacto fiscal determinando que para la creación de la Región Metropolitana ya existen recursos públicos reflejados en el Plan Plurianual de Inversiones“. Frente a las funciones del gobernador, determinó que el artículo segundo no otorgó al Gobernador facultades de ordenación del gasto, sino que le encomendó gestiones de planeación y coordinación directamente vinculadas al propósito central de la ordenanza: la entrada en funcionamiento de la Región Metropolitana.

En ese sentido, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ratifica la inclusión del departamento en la integración de la Región Metropolitana, creada para coordinar el desarrollo sostenible y la prestación eficiente de servicios entre la capital y el departamento, mantiene así su respaldo jurídico en el ordenamiento territorial colombiano.







