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Restricción de motos en Bogotá por Halloween: ¿cuándo empieza y a qué horas aplica? 

Si a usted le gusta las rodadas en Halloween, tenga en cuenta que este año en Bogotá durante el 29 de octubre al 3 de noviembre la secretaría de movilidad  restringe la circulación parcial de motocicletas y parrilleros para garantizar la seguridad vial y reducir muertes por accidentes de tránsito, estas restricciones se darán en 19 corredores viales. 

Estas medidas se vienen adoptando desde el año 2025 con ligeras modificaciones según la secretaría de movilidad el año pasado se lograron reducir al 75% de los siniestros viales “Es un fin de semana que históricamente ha presentado unas cifras preocupantes, 15 muertes en promedio durante este fin de semana. En el 80 % de los casos, estos siniestros fatales involucran una motocicleta, y  73 % de estas muertes ocurrieron durante el horario nocturno en las vías principales de la ciudad”, aseguró la secretaria Ortiz.

Motos con parrillero 

Para el 2026 se tomarán las medidas que rigen la circulación de motocicletas con parrillero de 6:00 pm a .00 am esta medida inicia el 29 de octubre y culminará el 3 de noviembre. Esta restricción aplica a todos los corredores viales de Bogotá.

Circulación general de motocicletas 

Las motocicletas no podrán circular desde las 8:00 pm a 4:00 am, esta medida iniciará desde el 29 de octubre y culminará el 3 de noviembre, y en total serán 19 corredores viales. Si las medidas antes mencionadas se llegan a incumplir el motociclista tendrá una multa e inmovilización de la motocicleta según infracción C14 del Código Nacional de Tránsito. 

Vía / AvenidaNomenclatura / DenominaciónTipo de Orientación / Recorrido
Autopista NorteCarrera 45Sur – Norte
Autopista SurCarrera 57 / Calle 57 SurNorte – Sur / Oriente – Occidente
Avenida NQSCarrera 30Norte – Sur
Avenida BoyacáCarrera 72Sur – Norte
Avenida Ciudad de CaliCarrera 86Sur – Norte
Avenida Las AméricasCalle 6 / Calle 34Oriente – Occidente
Avenida SubaCalle 145 / Diagonal 91Suroriente – Noroccidente
Calle 26Avenida El DoradoOriente – Occidente
Calle 80Avenida MedellínOriente – Occidente
Carrera SéptimaCarrera 7 / Av. Alberto LlerasSur – Norte
Avenida GuayacanesCarrera 89 / Alsacia – TintalSur – Norte
Calle 13Avenida CentenarioOriente – Occidente
Avenida La EsperanzaCalle 24Oriente – Occidente
Avenida Ciudad de VillavicencioCalle 43 Sur / Diagonal 44 SurSuroriente – Suroccidente
Avenida CircunvalarCarrera 1 Este / Av. del LlanoSur – Norte (Borde Oriental)
Calle 53Avenida Pablo VIOriente – Occidente
Calle 63Avenida José Celestino MutisOriente – Occidente
Carrera 60Avenida del Congreso EucarísticoSur – Norte
Carrera 80Avenida Agropecuaria / Tv. 80Sur – Norte

Excepciones para la medida

La medida cuenta con excepciones pues éstas sólo quieren prevenir las caravanas y la accidentalidad en este tipo de eventos pero no quiere evitar la labor de ciertos sectores. Por tal motivo adopta las siguientes restricciones. 

Si usted es mensajero o domiciliario debe ir debidamente documentado y uniformado con la empresa que trabaja, los integrantes de la Fuerza Pública como la Policía, la Fiscalía y el Ejército, y los miembros de empresas de seguridad privada. Asimismo, la medida contempla a las personas con discapacidad y a quienes las movilizan, junto con los integrantes de aseguradoras y los conductores elegidos. Finalmente, el listado incluye a la caravana presidencial, al servicio diplomático y consular, y a las motos vinculadas al Sistema Integrado de Transporte Público (SITP), tales como TransMilenio y los concesionarios de rutas TransMiZonales. 

Durante la medida se contarán con 21 puestos de control y alrededor de 1.000 agentes civiles de transito y policia de transito. 

¿Considera usted que estas medidas son necesarias para mitigar la accidentalidad y controlar las caravanas en la capital, o afectan la movilidad de quienes dependen de la motocicleta como medio de transporte diario? ¿Cómo le afectan estas restricciones a usted y qué alternativas de transporte planea utilizar durante este puente festivo?