La Sala Plena del Consejo Nacional Electoral (CNE) le entregó el día de ayer al partido Defensores de la Patria, partido con el que el presidente electo hizo su campaña, personería jurídica a pesar de no haber recogido el 3% de los votos válidos para Senado, tal y como lo establece la Constitución Política de Colombia, entonces ¿Cómo lo logró?
Con una ponencia realizada por el magistrado Alfonso Ocampo, en el que propuso reconocer la personería jurídica de este partido, la sala plena le otorgó una votación de seis votos ( Álvaro Hernán Prada, Maritza Martínez, Benjamín Ortiz, Christian Quiroz y Álvaro Echeverry), uno en contra (magistrada Alba Lucía Velásquez), y dos inasistencias (Fabiola Perdomo y Altus Baquero).

Con esto, Defensores de la Patría se convierte en el primer partido con esa ideología y con presidente en la Casa de Nariño, que podrá avalar candidatos para las elecciones regionales del próximo año. El pulso por estas elecciones ahora será más reñido para los partidos Centro Democrático y Pacto Histórico.
¿Cómo le otorgaron este aval?
La constitución política de Colombia establece en su artículo 108, que un movimiento político sólo puede convertirse en partido si obtiene al menos el 3% de los votos válidos para el Senado, pero el partido de De la Espriella no tuvo lista propia en las elecciones legislativas del pasado marzo, por lo que no cumple con este requisito.
El sustento jurídico en el que se basó la ponencia fue en la sentencia SU-316 de 2021. “En dicha sentencia, la Corte destacó que tanto las elecciones al Congreso como las elecciones a la Presidencia de la República constituyen procesos de legitimación democrática equivalentes, en la medida en que, en ambos casos, los electores respaldan una propuesta programática e ideológica determinada”, señala la resolución del CNE expuesta por El Espectador.

Es decir, la Corte estableció que el reconocimiento de la personería jurídica no dependería estrictamente a las elecciones directas para Cámara y Senado, pues se podría considerar la votación de quien queda. “Dicho reconocimiento no radica en el personalismo o en la titularidad individual de una candidatura, sino en la representación institucional de un programa político que recibió un apoyo popular significativo”, señaló el CNE.

En ese sentido, para el caso de Defensores de la Patria, la votación obtenido por el grupo significativo de ciudadanos en las elecciones presidenciales de 2026, habría sido considerado como el respaldo suficiente para otorgarle personería jurídica a Defensores de la Patria, como consecuencia de la interpretación de la sentencia de la Corte Constitucional SU-136 de 2021.
¿Cómo influye esta decisión en las elecciones regionales?
En términos políticos, la obtención de esta personería jurídica reconfigura el tablero electoral de cara a las próximas elecciones regionales. Al contar con la facultad legal para otorgar avales, Defensores de la Patria deja de ser un movimiento articulado de manera exclusiva alrededor de una figura presidencial para convertirse en un actor institucional con capacidad de disputarse el poder local y construir estructura en las regiones.

Este movimiento plantea un doble impacto en el espectro político. Por un lado, abre una confrontación entre la derecha y el centro-derecha por el liderazgo ideológico, obligando a colectividades tradicionales, como el Centro Democrático, a defender sus feudos territoriales frente al empuje de un partido respaldado desde la Casa de Nariño. Por otro lado, le ofrece al oficialismo una plataforma propia para medir fuerzas de manera frontal contra la oposición representada por sectores como el Pacto Histórico.






