En una decisión que marca un punto crítico para la infraestructura en la Sabana de Bogotá, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, a través de la Subsección B de la Sección Primera, negó la solicitud de levantamiento de la medida cautelar que mantiene frenadas las obras de la Troncal de los Andes, pese a que en diciembre de 2025 la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) le diera luz verde.
La providencia, firmada por el magistrado Oscar Armando Dimaté Cárdenas el pasado 26 de marzo de 2026, determina que cualquier cambio sobre la restricción vigente será resuelto únicamente en la sentencia de primera instancia, la cual se encuentra en etapa de despacho para su lectura definitiva. El caso, originado por una acción popular de la Personería Municipal de Chía para proteger los derechos colectivos y el medio ambiente, sigue limitando la intervención en el predio denominado San Jacinto, una zona de especial interés por la presencia de un cuerpo de agua que el tribunal busca salvaguardar.

La controversia escaló recientemente cuando la sociedad Accesos Norte S.A.S. (Accenorte) presentó un escrito el 23 de marzo de 2026 solicitando el fin de la suspensión. La apoderada de la constructora argumentó que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) ya aprobó las modificaciones necesarias a través de las Resoluciones 3736 de 2025 y 000659 de marzo de 2026.
Según la defensa técnica, el nuevo trazado de la Unidad Funcional 3 (UF3) ha sido rediseñado para no intervenir el “cuerpo de agua” que motivó la protección judicial, cumpliendo así con las condiciones que el mismo tribunal había impuesto en autos anteriores para permitir la continuidad del proyecto. Accenorte enfatizó que “los requisitos para el otorgamiento de la medida cautelar fueron superados, por lo cual, con fundamento en el artículo 235 del CPACA solicitamos proceder al levantamiento de la medida cautelar

decretada y en consecuencia permitir la continuación del proyecto Troncal de los Andes” señala la parte motiva de la sentencia proferida.
Sin embargo, el magistrado ponente sostuvo que, debido al estado actual del proceso, no es procedente resolver la solicitud de manera aislada.

El expediente ingresó formalmente para proferir sentencia de fondo el 2 de febrero de 2026, tras haberse cumplido los términos de traslado de pruebas y alegatos de conclusión. En la parte motiva del auto, se advierte a las partes involucradas, incluyendo a la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), la CAR y el municipio de Chía, que el análisis sobre la suficiencia de la nueva licencia ambiental de la ANLA se realizará integralmente en el fallo de primera instancia.
Este escenario mantiene en vilo el avance de la Troncal de los Andes, una obra concebida para descongestionar el tráfico del norte de la capital, pero que ha enfrentado constantes obstáculos judiciales por su impacto ambiental. Mientras la medida cautelar siga vigente, todas las obras y actividades autorizadas originalmente quedan suspendidas, con excepción de las labores de seguimiento ambiental que corresponden a la ANLA.

La expectativa se traslada ahora a la sentencia definitiva, que deberá determinar si el nuevo trazado propuesto por la concesionaria es suficiente para garantizar la protección del cuerpo de agua objeto de la disputa jurídica







