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Por dilatar revocación en orden de desalojo, Procuraduría da ultimátum a la Inspección de Policía de Chía y advierte sanciones

Hernán Tovar, poseedor de un terreno en la vereda Bojacá desde 2015, asegura que su proyecto de vida fue destruido tras una cuestionada declaración de espacio público que beneficiaría a un proyecto urbanístico. Tras una batalla jurídica desde entonces, la Procuraduría General de la Nación intervino en mayo de 2026 y emitió un fallo en favor de Tovar, sin embargo, tras meses de espera, la Inspección sexta de Policía en Chía,  continúa sin acatar la solicitud del ente de control. 

La actuación fue formulada por la Procuradora 4 Judicial II Ambiental y Agraria de Bogotá, Alba Rocío Ávila Ávila, mediante un pronunciamiento remitido en agosto de 2026 dentro del expediente 095-22. En el documento, el organismo de control recordó que desde el pasado 7 de mayo de 2026 solicitó la revocación directa de la Orden de Policía No. 115-2023 por considerar que dicha decisión es manifiestamente contraria al ordenamiento jurídico al desconocer el principio de legalidad que rige la función pública.  

Imagen: Procuradora 4 Judicial II Ambiental y Agraria de Bogotá – Solicitud de la Procuraduría General de la Nación dirigida a la Inspección Sexta de Policía Urbana de Chía 

A pesar de haber transcurrido más de tres meses desde la presentación del requerimiento, la Inspección Sexta de Policía de Chía no ha emitido respuesta ni decisión alguna en derecho. Ante la mora en el trámite, la Procuraduría recalcó que el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Ley 1801 de 2016) impone a las autoridades policiales la obligación imperativa de actuar con celeridad, eficacia, transparencia y publicidad, dando ejemplo constante de acatamiento a la ley. 

Al respecto, la procuradora judicial enfatizó en su oficio la gravedad de la omisión. “Valga anotar, que no cumplir y acatar a cabalidad los términos consagrados en la ley para que las autoridades atiendan oportuna y debidamente las solicitudes o peticiones que le formulen los ciudadanos y, con mayor razón, le presente el ministerio público, es causal de mala conducta grave, que puede llegar a comprometer su responsabilidad disciplinaria”, señaló.  

Con este segundo requerimiento, el Ministerio Público espera que la autoridad policial de Chía resuelva la petición de manera inmediata, ajustándose a los preceptos legales y evitando que el estancamiento del proceso genere responsabilidades disciplinarias adicionales por dilación de los términos.

¿Cuál ha sido el proceso entre Hernan Tovar, la inspección de policía y la Alcaldía de Chía? 

La controversia radica en la naturaleza jurídica de la tenencia del predio. Tobar adquirió la posesión del terreno de 556 metros cuadrados y desde entonces, ejerció sus derechos primero como arrendatario y luego como propietario poseedor. Sin embargo, el panorama cambió cuando la constructora Exalta inició negociaciones con el municipio de Chía. Ante la negativa de Tovar de vender su predio a la constructora, ésta habría acordado con la Alcaldía entregar ese mismo terreno como parte de las “cesiones obligatorias” de espacio público derivadas de su licencia de construcción.

Foto: Zipa Exiliados Prensa

El punto más crítico de la denuncia presentada por la abogada defensora de Tobar, Martha Molina, señala que, el 31 de diciembre de 2021, se firmó una escritura pública donde el predio pasaba a ser del municipio. No obstante, alegan que dicha cesión es legalmente inexistente en la práctica. “Para que un predio se consolide como espacio público, además de la escritura, se debe hacer la entrega formal y material. Esa entrega (material) no se ha realizado porque el predio está en pleito”, señala Molina. 

La exigencia de Hernán y su abogada hacia la actual administración, liderada por el alcalde Leonardo Donoso, es clara: mediar para que la constructora Exalta compense la sesión de espacio público de otra manera, ya sea mediante un pago en dinero o con un predio equivalente que no afecte a terceros.